La mujer moderna y sus derechos es un libro publicado por la periodista y masona Carmen de Burgos en 1927. Se trata de un libro que aparentemente compila una buena cantidad de su obra anterior, aparecida en otros formatos, a los que la autora dotó de homogeneidad y un hilo conductor, y que editó con mimo. En las reseñas autora y libros son saludados como un precursor adelantado a su tiempo de El segundo sexo y Simone de Beauvoir. El libro tiene un aspecto decididamente compilatorio, tanto en la recogida de elementos que afectan a la mujer y al feminismo como en la bibliografía o literatura que la autora menciona en el texto, y que la cuidada edición de Mercedes Gómez-Blesa describe en continuas notas al pie, no muy extensas, muy efectivas e instructivas. El esfuerzo analítico de la situación histórica y de su tiempo de los derechos de la mujer abarca no pocos aspectos: el origen del feminismo y el estudio de las diferencias entre hombre y mujer, el derecho a la cultura, al trabajo, los derechos militares y políticos, y la situación de la mujer respecto al matrimonio y la familia.
En algunos de ellos es francamente sorprendente la actualidad de argumentos e ideas de Carmen de Burgos. Uno de los mejores ejemplos es la prostitución, donde se describe el debate entre abolicionismo, reglamentación y alegalidad con las mismas ventajas y desventajas de hoy, si bien con condicionantes morales de diferente matiz debidos a las épocas, con el foco en la desaparición de la barraganería como causa del aumento de la prostitución -hoy un factor olvidado que probablemente no apreciaríamos como positivo-, y una sorpresa: como toda feminista de su tiempo y anteriores, pero probablemente como todo y toda humanista de aquellos años, la confianza es total en la educación para resolver el problema. Hoy sabemos que, siendo un factor imprescindible en su resolución, parece no ser el componente único de la receta. En lo que sí es coincidente el análisis de ambas épocas es en la necesidad de acabar con la trata. Y no lejos de este tema se encuentra la alusión probablemente pionera (si bien no es un tema en que profundice) a la violencia de género y a la incomprensión del Poder Judicial masculino hacia la mujer en los juicios de asesinatos pasionales.
Escribiendo en 1927 es lógico que determinadas categorías actuales de la lucha feminista estén superadas. Hoy escribimos y pensamos tras varias revoluciones feministas posteriores, y nos resulta difícil aceptar que sean las disputas por amor las desencadenantes de las discriminaciones, que llamemos pasionales a los crímenes de hombres contra mujeres, o que éstas necesariamente tengan una querencia natural a dedicarse a la casa y sus tareas. A Carmen de Burgos le falta naturalmente la filosofía existencialista y estructuralista que permitiría subrayar las relaciones de poder subyacentes a estos conceptos. Pero no es que se aleje excesivamente; en parte, su apelación al marxismo en las largas páginas dedicadas al derecho al trabajo de las mujeres lo demuestran. Pero, en general, el libro por momentos opta más por la recopilación de situaciones y pensamientos que afecta a la mujer en su tiempo, más que a una conceptualización filosófica profunda y propia (la referencia acrítica a Henry Ford muestra esto, aunque es un tópico aún de nuestros días).
A Carmen de Burgos le interesa mucho la recogida de leyes, situaciones y consideraciones negativas de la mujer a ser rebatidas en su concepción discriminatoria por ejemplos históricos (algo más laxos en su demostración) y de su tiempo (donde el soporte documental es amplio). Los derechos del trabajo y familiares son en este sentido estudiados de manera exhaustiva, e incluyen incluso páginas de escritores masculinos que apoyaban o no alguna de sus causas (dos de sus mayores intereses de lucha, el divorcio y el voto femenino, son ejemplos de esto). Son elementos que lastran el estilo literario acercando el texto a lo enciclopédico, pero que dan idea de que de Burgos tenía una causa principal antes que la literatura. En ocasiones el tono tiene cierta neutralidad algo exasperante (los derechos religiosos), y en otros su método de demostración de capacidad femenina entra en terrenos conflictivos cuando no contradictorios (los derechos bélicos). A veces los hallazgos luminosos son sorprendentes y al no profundizarse parecen encuentros felices que probablemente le generaban dudas. Un ejemplo estupendo es la reivindicación de la belleza nueva de las mujeres deportistas, combatiendo así el argumento de que el deporte estropea a las mujeres, o, por su lado, el anuncio de manera pionera de una emancipación empoderadora del canon de belleza en un capítulo dedicado a la moda que es probablemente de los más inesperados y significativos de la visión amplia de la autora.
La comparación con Beauvoir se antoja algo excesiva pero sin duda La mujer moderna y sus derechos merecería mejor lugar en la literatura feminista universal. Probablemente su papel como activista haya sido minimizado por su país de origen y la propia historia inminente del mismo. Carmen de Burgos vivió para ver implantado el sufragio femenino universal durante la Segunda República Española, aunque no el divorcio, ya que murió en 1932.